PERSONAS PUBLICAS NO ESTATALES. FONDO DE SOLIDARIDAD




Promulgación: 10/01/2002
Publicación: 21/01/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 47

Artículo 6

 (Inembargabilidad).- Los bienes del Fondo de Solidaridad son 
inembargables y sus créditos, cualquiera fuera su origen, gozan del 
privilegio establecido en el numeral 6º del artículo 1732 del Código de 
Comercio.
Ayuda