SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 02 - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 68
Los proyectos a incluir en los Convenios de Participación, serán
presentados ante la Intendencia Municipal, la que dispondrá de un plazo
de 30 días hábiles para efectuar el control del cumplimiento de los
requisitos exigidos por el PIAI para el fraccionamiento de los predios y
los permisos de construcción, emitir las aprobaciones y habilitaciones
correspondientes o formular observaciones.
Si existiesen observaciones, una vez levantadas las mismas, la
Intendencia Municipal dispondrá de un plazo no superior a 30 días
hábiles, para aprobar el proyecto de fraccionamiento y de regularización
del asentamiento. Si el Ejecutivo comunal en el plazo indicado no se
hubiera pronunciado, el proyecto presentado se tendrá por aprobado.