PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION IX - DISPOSICIONES VARIAS
CAPITULO II - GOBIERNOS DEPARTAMENTALES

Artículo 641

 Las partidas cuya distribución corresponda realizar entre los Gobiernos 
Departamentales del interior en función de territorio y población, se 
distribuirán sobre la base de los siguientes porcentajes actualizados 
teniendo en cuenta los resultados del Censo de Población 1996:
                 %
Artigas        5,48
Canelones     13,48
Cerro Largo    6,18
Colonia        5,05
Durazno        4,87
Flores         2,16
Florida        4,81
Lavalleja      4,55
Maldonado      4,88
Paysandú       7,05
Río Negro      4,08
Rivera         5,39
Rocha          4,96
Salto          7,29
San José       4,09
Soriano        4,82
Tacuarembó     6,76
Treinta y Tres 4,09
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