SECCION VI - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 19 - TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Artículo 523
Fíjase para el Tribunal de lo Contencioso Administrativo las siguientes
partidas de gastos:
Gastos de funcionamiento, excluidos suministros: $ 1.500.000 (pesos
uruguayos un millón quinientos mil).
El monto referido está expresado a valores de 1º de enero de 2000 y será
actualizado automáticamente por la Contaduría General de la Nación, a la
fecha de la presente, según las variaciones del índice de los precios al
consumo.
Suministros por otros organismos estatales y paraestatales: $ 850.000
(pesos uruguayos ochocientos cincuenta mil).
El monto referido está expresado a valores del 1º de enero de 2000 y será
actualizado automáticamente por la Contaduría General de la Nación, en
casos de variaciones de los precios o tarifas respectivas, o por
extensión de servicios.