PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION VI - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 17 - TRIBUNAL DE CUENTAS

Artículo 474

 El Tribunal de Cuentas, los Auditores o Contadores Delegados, podrán 
certificar la legalidad de los gastos y pagos o proceder a su 
observación. Ello sin perjuicio de la información complementaria que 
previamente se solicite a efectos de su pronunciamiento.
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