SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 10 - MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Artículo 256
Autorízase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a establecer
horarios especiales para los funcionarios que deban cumplir tareas de
contralor o inspección en materia de transporte, las cuales requieren su
prestación en forma permanente.