Declárase de interés general la ubicación y posterior repatriación al territorio nacional de los restos de los indios charrúas Vaimaca Perú, Senaqué, Guyunusa y Tacuabé, fallecidos en la República de Francia.
Dispónese que, una vez llegados al país, los restos serán inhumados en el Panteón Nacional.
Cométese al Ministerio de Relaciones Exteriores la realización de las gestiones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley.
BATLLE - ANTONIO MERCADER - GUILLERMO VALLES