LEY DE URGENCIA. SERVICIOS PUBLICOS Y PRIVADOS. FOMENTO DEL EMPLEO Y LA INVERSION




Promulgación: 29/06/2000
Publicación: 06/07/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 1209
Referencias a toda la norma

CAPITULO XV - MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD

Artículo 81

   Créase el Ministerio de Deporte y Juventud, el que se incorporará al 
Presupuesto Nacional como el Inciso 15.
   Créase en el Inciso 15 el programa 001 "Formulación, ejecución,  
supervisión y evaluación de planes en materia de deportes y juventud, e 
instrumentación de la política en la materia".
   El programa 001 del Inciso 15 tendrá una unidad ejecutora 001 
"Dirección General de Secretaría". (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 414.
Ver: Ley Nº 17.866 de 21/03/2005 artículo 1 (Suprime el Ministerio de 
Deporte y Juventud).

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 17.243 de 29/06/2000 artículo 81.
Referencias al artículo
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