LEY DE URGENCIA. SERVICIOS PUBLICOS Y PRIVADOS. FOMENTO DEL EMPLEO Y LA INVERSION




Promulgación: 29/06/2000
Publicación: 06/07/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 1209
Referencias a toda la norma

CAPITULO IX - DESCENTRALIZACION

Artículo 52

 Cuando debiera asesorar en las materias de su competencia, sus
decisiones se adoptarán por mayoría absoluta del total de componentes.
Si, en esos casos, se registrare empate en la votación, habrá dos
informes que serán elevados siguiendo el procedimiento previsto en las
normas constitucionales (literal C) del inciso segundo del artículo 214 y
numeral 2) del artículo 298 de la Constitución de la República).
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