MEDIO AMBIENTE. DESECHOS PELIGROSOS




Promulgación: 11/11/1999
Publicación: 17/11/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1168
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 Cuando existan motivos para suponer que un buque que navega por las
aguas jurisdiccionales de la República intentaría realizar vertimientos
de desechos peligrosos en dichas aguas, las autoridades competentes
tomarán las medidas preventivas que estimen adecuadas e iniciarán los
procedimientos legales pertinentes.
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