APROBACION DE LA LEY DE FUNDACIONES




Promulgación: 01/09/1999
Publicación: 10/09/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 533
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - ORGANOS Y ADMINISTRACION

Artículo 4

 (Consejo de Administración).- El gobierno y la administración de las
fundaciones estarán a cargo de un Consejo de Administración, integrado
por un mínimo de tres miembros, que tendrá todas las facultades
necesarias para el cumplimiento del objeto de la institución.
Referencias al artículo
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