INTERES NACIONAL - TURISMO




Promulgación: 24/08/1999
Publicación: 10/09/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 469

Artículo 1

 Declárase de interés nacional para el desarrollo turístico, a los efectos
dispuestos por el numeral 9º) del artículo 85 de la Constitución de la
República y por los artículos 16 y 17 del decreto-ley Nº 14.335, de 23 de
diciembre de 1974, la zona costera del balneario Aguas dulces, 4ta.
Sección Judicial del departamento de Rocha.

Artículo 2

 Encomiéndase al Ministerio de Turismo y al Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, conjuntamente con el Gobierno
del departamento de Rocha, realizar los trabajos necesarios para el
ordenamiento definitivo del balneario.

SANGUINETTI - ERNESTO RODRIGUEZ ALTEZ - GUILLERMO STIRLING - LUIS MOSCA -
JUAN LUIS STORACE - JULIO HERRERA - JUAN CHIRUCHI
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