LEY CRISTAL. FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 23/12/1998
Publicación: 08/01/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1463
Reglamentada por: Decreto Nº 30/003 de 23/01/2003.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VII - AMBITO INTERNACIONAL

Artículo 33

El hecho de que el dinero o provecho económico que resulte de alguno de
los delitos establecidos en los artículos 156, 158, 158 bis, 160, 161,
162, 163, 163 bis y 163 ter del Código Penal o del delito establecido en
el artículo 29 de la presente ley, hubiese sido destinado a fines
políticos o el hecho de que se alegue que ha sido cometido por
motivaciones o con finalidad política, no basta por sí solo para
considerar dicho acto como delito político.
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