LEY CRISTAL. FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 23/12/1998
Publicación: 08/01/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1463
Reglamentada por: Decreto Nº 30/003 de 23/01/2003.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

Artículo 25

Créase una Comisión Honoraria de seis miembros integrada por un
representante de la Junta, que la presidirá, un representante del
Ministerio de Economía y Finanzas, un representante de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, un representante del Tribunal de Cuentas, un
representante de la Oficina Nacional del Servicio Civil y un representante
de la organización más representativa de los funcionarios públicos, con el
cometido de elaborar propuestas de actualización y ordenamiento
legislativo y administrativo en materia de transparencia en la
contratación pública, así como respecto de los conflictos de intereses en
la función pública. Esta Comisión tendrá un plazo de ciento ochenta días
para expedirse.
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