DEUDA PUBLICA - PRESTAMOS




Promulgación: 25/09/1998
Publicación: 07/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 599

Artículo 1

    Autorízase al Banco de la República Oriental del Uruguay a otorgar al
Tribunal de Cuentas un préstamo por un monto de hasta 7 millones de
dólares de los Estados Unidos de América.

Artículo 2

    El destino de ese préstamo será la adquisición o construcción de un
edificio para sede del Tribunal de Cuentas y su equipamiento.

Artículo 3

    Las partes concertarán todo lo relativo a plazo, amortizaciones,
intereses y gastos de la operación.

Artículo 4

El pago de la deuda será atendido con cargo a los recursos establecidos
por la Ley Nº 16.853, de 14 de agosto de 1997.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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