LEY DE MARCAS




Promulgación: 25/09/1998
Publicación: 07/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 578
Reglamentada por: Decreto Nº 34/999 de 03/02/1999.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VIII - DE LAS MARCAS DE CERTIFICACION O DE GARANTIA

Artículo 45

No podrán ser registradas como marcas de garantía las denominaciones de
origen reguladas por la presente ley, las que en todo caso se regirán por
sus disposiciones específicas. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 56.
Referencias al artículo
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