LEY DE MARCAS




Promulgación: 25/09/1998
Publicación: 07/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 578
Reglamentada por: Decreto Nº 34/999 de 03/02/1999.
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - DE LOS DERECHOS QUE CONFIERE EL REGISTRO

Artículo 12

    No podrá impedirse la libre circulación de los productos marcados,
introducidos legítimamente en el comercio por el titular o con la
autorización del mismo, fundándose en el registro de la marca, siempre que
dichos productos y su presentación, así como sus envases o sus embalajes
que estuvieren en contacto inmediato con ellos, no hayan sufrido
alteraciones, modificaciones o deterioros significativos. 
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