SEGURIDAD SOCIAL - PASIVIDADES




Promulgación: 10/06/1998
Publicación: 24/06/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 1096

Artículo Unico

   Declárase, por vía de interpretación, que la Ley Nº 16.824, de 30 de abril de 1997, incluye a los funcionarios comprendidos en el artículo 40 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, los que mantendrán a todos sus efectos los mismos beneficios jubilatorios que le corresponden al funcionario en su cargo original, incluidos la bonificación de servicios o incentivos de cualquier índole, estableciéndose el derecho desde el 15 de setiembre de 1995.

SANGUINETTI - LUIS HIERRO LOPEZ - DIDIER OPERTTI - LUIS MOSCA - RAUL
ITURRIA - SAMUEL LICHTENSZTEJN - LUCIO CACERES - JULIO HERRERA - JUAN
IGNACIO MANGADO - RAUL BUSTOS - SERGIO CHIESA - BENITO STERN - JUAN
CHIRUCHI
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