IMPUESTO A LOS EJES




Promulgación: 19/12/1997
Publicación: 12/01/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 1902
Reglamentada por: Decreto Nº 297/998 de 28/10/1998.

Artículo 3

  Autorízase al Poder Ejecutivo a destinar la recaudación no exonerada a
que hace referencia el artículo 1º de la presente ley, como aporte del
Estado al proceso de formalización del transporte de cargas, a la
renovación de la flota y a la constitución de un fondo de garantía
conforme a la reglamentación que se dictará con el objetivo citado. Dicha
reglamentación deberá contemplar en particular la situación de los
propietarios de un vehículo único. (*)
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