LEY DE FONDOS DE INVERSION - INTERMEDIACION FINANCIERA




Promulgación: 27/09/1996
Publicación: 07/10/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 803
Referencias a toda la norma

TITULO V - DE LOS FONDOS DE INVERSION Y LA SECURITIZACION DE ACTIVOS
CAPITULO I - FONDOS DE INVERSION CERRADOS DE CREDITOS

Artículo 31

(Auditoría externa).- Los fondos de inversión cerrados de crédito deberán
contar, con la frecuencia que determine la reglamentación y que no podrá
ser por períodos mayores al año, con informes de auditoría externa, cuyo
alcance establecerá la reglamentación. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Ley Nº 17.202 de 24/09/1999 artículo 1.
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