DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. CIUDAD DE LOS CERRILLOS. CANELONES




Promulgación: 16/07/1996
Publicación: 29/07/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 68

Artículo 1

   Declárase feriado no laborable para la ciudad de Los Cerrillos, 3a.
Sección Judicial del departamento de Canelones, el día 3 de agosto de
1996, con motivo de conmemorarse el centenario de su fundación.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

  Otórgase goce de licencia paga durante el día referido en el artículo
1º, a los trabajadores de las actividades pública y privada nacidos o
radicados en Los Cerrillos.

Artículo 3

  La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su promulgación.

SANGUINETTI - DIDIER OPERTTI - ALVARO RAMOS - LUIS MOSCA - RAUL ITURRIA -
SAMUEL LICHTENSZTEJN - LUCIO CACERES - FEDERICO SLINGER - ANA LIA PIÑEYRUA
- ALFREDO SOLARI - CARLOS GASPARRI - ERNESTO RODRIGUEZ ALTEZ - JUAN A.
GABITO ZOBOLI
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