PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 17 - TRIBUNAL DE CUENTAS

Artículo 517

   Autorízase al Tribunal de Cuentas a transformar los cargos que queden
vacantes en los últimos grados de los distintos escalafones en cargos del
último grado del Escalafón "A" Técnico Profesional, y a transformar los
cargos de los Escalafones "B", "C" y "D", en cargos del Escalafón "A"
Técnico Profesional, para regularizar la situación de los funcionarios que
accedan a títulos profesionales de Abogados, Contador Público o Escribano.

   El  costo  de  esta  transformación no podrá superar los $ 70.000
(pesos setenta mil) anuales.
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