PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 1995 1999




Promulgación: 05/01/1996
Publicación: 12/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 5 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 156

   Asígnase al Ministerio de Economía y Finanzas una partida anual de $
16:900.000 (pesos dieciséis millones novecientos mil) a los Rubros 0 y 1
"Retribuciones de Servicios Personales" y "Cargas legales sobre Servicios
personales" del Inciso, la que se distribuirá entre las Unidades
Ejecutoras 001 "Dirección General de Secretaría del Ministerio de
Economía y Finanzas"; 002 "Contaduría General de la Nación" y 004
"Tesorería General de la Nación".
 (*)


(*)Notas:
Incisos 2º), 3º) y 4º) derogado/s por: Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 
artículo 70.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 156.
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