SANIDAD MILITAR. DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS




Promulgación: 13/10/1995
Publicación: 24/10/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 495
Referencias a toda la norma

Artículo 7

    Los Institutos de Medicina Altamente Especializada (IMAE) de la
Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas que el Poder
Ejecutivo autorice funcionar podrán prestar asistencia a terceros, una
vez satisfechas las necesidades de sus usuarios, mediante el pago
correspondiente.
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