CARTA ORGANICA DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY




Promulgación: 30/03/1995
Publicación: 17/04/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 337
Ver: Texto/imagen (Carta Orgánica).

CAPITULO IX - RELACIONES CON EL PODER EJECUTIVO Y CON EL PODER LEGISLATIVO

Artículo 44

   (Otros informes económicos). El Banco informará detalladamente al Poder
Ejecutivo de toda circunstancia, factor o situación que esté en su
conocimiento y que pueda afectar gravemente a la economía nacional y
propondrá al mismo tiempo las medidas y correctivos apropiados que podrían
adoptarse al respecto.

(*)Notas:
(Nombre del Capítulo IX) redacción dada por: Ley Nº 18.401 de 24/10/2008 
artículo 3.
Ayuda