BIENES DEL ESTADO




Promulgación: 22/12/1994
Publicación: 03/01/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 1775

Artículo 1

   Prorrógase por dos años, a partir de la fecha de su vencimiento, el
plazo establecido en el numeral 4) del artículo 2 de la Ley Nº 16.245, de
8 de abril de 1992.

LACALLE HERRERA - MANUEL ANTONIO ROMAY
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