CREACION DE LA COMISION HONORARIA PARA LA SALUD CARDIOVASCULAR




Promulgación: 22/11/1994
Publicación: 02/12/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 1470
Referencias a toda la norma

Artículo 13

   Dentro de los sesenta días, a partir de su constitución, la Comisión
Honoraria para la Salud Cardiovascular deberá elevar al Ministerio de
Salud Pública un anteproyecto de reglamentación de la presente ley y
aprobará el reglamento para su funcionamiento interno.
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