CENTROS POBLADOS. TERRENOS INUNDABLES




Promulgación: 16/10/1994
Publicación: 27/10/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 888

Artículo 3

    La enajenación que efectúe el propietario de los padrones a sus
actuales ocupantes, quedará exonerada del Impuesto a las Transmisiones
Patrimoniales, dispuesto por el literal B) del artículo 2 de la Ley Nº
16.107, de 31 de marzo de 1990.
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