INTERES NACIONAL - TURISMO




Promulgación: 13/10/1994
Publicación: 25/10/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 858

Artículo Unico

    Declárase de interés nacional para el desarrollo turístico,  a los
efectos dispuestos por el numeral 9º) del artículo 85 de la Constitución
de la República y por los artículos 16 y 17 del decreto ley Nº 14.335, de
23 de diciembre de 1974, al balneario Lago Merín, ubicado en la 3ra.
Sección Judicial del departamento de Cerro Largo.

LACALLE HERRERA - MARIO AMESTOY
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