Apruébase el Convenio Interamericano sobre el Servicio de Aficionados,
suscrito por la República Oriental del Uruguay en ocasión de la Quinta
Conferencia Interamericana de Telecomunicaciones, en la ciudad de Lima,
República del Perú, el 14 de agosto de 1987, y la enmienda al artículo 7
del citado instrumento internacional, aprobada en la Primera Reunión
Extraordinaria de la referida Conferencia. (*)
(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el
Diario Oficial correspondiente.
LACALLE HERRERA - SERGIO ABREU - DANIEL HUGO MARTINS