LEY DE EVALUACION DEL IMPACTO AMBIENTAL




Promulgación: 19/01/1994
Publicación: 26/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 114
Reglamentada por: Decreto Nº 435/994 Derogada/o de 21/09/1994.
Referencias a toda la norma

Artículo 10

    Los requisitos mínimos que deberá contener la solicitud de
autorización serán los siguientes:
     a) La identificación del o de los propietarios del predio donde se
ejecutará el proyecto, la identificación precisa del o de los titulares
del mismo y de los técnicos responsables en su elaboración y ejecución.
     b) El proyecto suscrito por el o los técnicos designados, con la
descripción detallada de su contenido, del espacio físico y entorno donde
el mismo se emplazaría, junto con todos los detalles que posibiliten su
consideración integral.
     c) La evaluación del impacto ambiental suscrita por el o los técnicos
intervinientes.
     d) Un resumen del proyecto en términos fácilmente comprensibles que
contenga las particularidades esenciales del mismo, así como los efectos
que de su ejecución puedan derivarse.
     e) Aquellos otros requisitos que pueda determinar la reglamentación.
(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 12 y 13.
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