SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 27 - INSTITUTO NACIONAL DEL MENOR
Artículo 219
Otórganse las siguientes partidas especiales con la finalidad de comenzar
la implementación de dos locales adecuados, una para enfermos
psiquiátricos y otro para menores infractores que exigen medidas de
seguridad especiales.
Año 1994 U$S 500.000
Año 1995 U$S 500.000