SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 25 - ADMINISTRACION NACIONAL DE EDUCACION PUBLICA
Artículo 187
Autorízase a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), a
realizar la adquisición de material y equipamiento didáctico con
financiación externa por hasta $ 12:187.000, (pesos uruguayos doce
millones ciento ochenta y siete mil), equivalentes a U$S 3:500.000,
(dólares de los Estados Unidos de América tres millones quinientos mil),
en el marco del convenio celebrado por la República con el Estado de
Israel.
La ejecución de dicho programa no podrá superar la suma de $ 1:741.000,
(pesos uruguayos un millón setecientos cuarenta y un mil), equivalentes a
U$S 500.000, (dólares de los Estados Unidos de América quinientos mil), en
el Ejercicio 1994.