SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 18 - CORTE ELECTORAL
Prorrógase hasta el 30 de junio de 1994 el plazo establecido en el artículo 499 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el artículo 363 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, no siendo de aplicación para la Corte Electoral el artículo 12 de la Ley Nº 16.320, de 1 de noviembre de 1992, y el artículo 11 de la presente ley.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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