RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1992




Promulgación: 11/01/1994
Publicación: 18/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 12

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 18 - CORTE ELECTORAL

Artículo 164

 Auméntase en 40% (cuarenta por ciento), las remuneraciones que perciben
los funcionarios de la Corte Electoral, con cargo a los créditos
presupuestales y leyes especiales con excepción de los comprendidos en los
escalafones "P" y "Q".
 La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos
correspondientes.
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