RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1992




Promulgación: 11/01/1994
Publicación: 18/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 12

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA
INCISO 16 - PODER JUDICIAL

Artículo 134

   Modifícase el porcentaje establecido en el artículo 392 de la Ley Nº
16.320, de 1 de noviembre de 1992, el que será para todos los casos del
15%, (quince por ciento).
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