Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República Oriental del
Uruguay y la Comisión de las Comunidades Europeas relativo al
establecimiento de la Oficina de la Comisión en la República Oriental del
Uruguay así como a los privilegios e inmunidades de la Oficina de la
Comisión de las Comunidades Europeas en la República Oriental del Uruguay,
suscrito en la ciudad de Bruselas el día 18 de mayo de 1989, y las Notas
Reversales de fechas 1º y 25 de junio de 1990 por las que se sustituye en
el texto del Acuerdo la denominación de "Oficina de la Comisión" por la de
"Delegación de la Comisión". (*)
(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el
Diario Oficial correspondiente.
LACALLE HERRERA - SERGIO ABREU - JUAN ANDRES RAMIREZ - IGNACIO DE POSADAS
MONTERO