{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "16330" 
  ,"anioNorma" : 1992 
  ,"nombreNorma" : "APLICACION DEL TOPE MAXIMO JUBILATORIO DE PASIVIDADES A LOS MAGISTRADOS\r\nDEL TCA, FISCALES Y JUDICIALES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/12/08/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "25/11/1992" 
  ,"fechaPublicacion" : "08/12/1992" 
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  ,"anio" : 1992 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo Unico" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/16330-1992/1" 
 ,"textoArticulo" : "     El artículo 489 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, regirá\r\ndesde la fecha de publicación de la misma para los Magistrados del Poder\r\nJudicial, del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y del Ministerio\r\nPúblico y Fiscal que cesen como tales en aplicación del artículo 250 de la\r\nConstitución y del numeral 1) del artículo 35 del Decreto - ley Nº 15.365,\r\nde 30 de diciembre de 1982.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - ANTONIO MERCADER - ENRIQUE ALVARO CARBONE\r\n " 
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