{  "tipoNorma" : "Ley" 
  ,"nroNorma" : "16300" 
  ,"anioNorma" : 1992 
  ,"nombreNorma" : "AUTORIZACION AL PODER EJECUTIVO A ACUÑAR LA \"MEDALLA DE LA REPUBLICA\r\nORIENTAL DEL URUGUAY\" A LOS EFECTOS DE ENTREGARLAS A PERSONALIDADES EXTRANJERAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/09/16/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/08/1992" 
  ,"fechaPublicacion" : "16/09/1992" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1992 
  ,"pagina" : 462 
  } 
  ,"vistos" : "  " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/16300-1992/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase al Poder Ejecutivo a acuñar la \"Medalla de la República\r\nOriental del Uruguay\" a fin de que la Presidencia de la República, a\r\niniciativa fundada del Ministerio de Relaciones Exteriores, la entrega a\r\npersonalidades extranjeras, en razón del principio de reciprocidad\r\nprotocolar, dando cuenta, previamente y en cada caso, a la Asamblea\r\nGeneral. \r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/16300-1992/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/leyes/16300-1992/2" 
 ,"textoArticulo" : "   El Poder Ejecutivo reglamentará el registro de la \"Medalla de la\r\nRepública Oriental del Uruguay\", su diseño, las características de la\r\nceremonia de entrega y otras cuestiones conexas dentro de los treinta días\r\nposteriores a la promulgación de la presente ley. \r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/leyes/16300-1992/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - HECTOR GROS ESPIELL - JUAN ANDRES RAMIREZ - IGNACIO DE\r\nPOSADAS MONTERO - MARIANO R. BRITO - ANTONIO MERCADER - WILSON ELSO GOÑI -\r\nEDUARDO ACHE - ENRIQUE ALVARO CARBONE - GUILLERMO GARCIA COSTA - ALVARO\r\nRAMOS - JOSE VILLAR GOMEZ - JOSE MARIA MIERES MURO\r\n " 
 }