FUNCIONARIOS MILITARES




Promulgación: 12/05/1992
Publicación: 10/06/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 420

Artículo 1

  Autorízase la salida del País por un  período de dieciocho meses, a
partir de la vigencia de la presente ley, de efectivos de la Armada
Nacional integrados por personal Superior y Subalterno en un número de
tres Jefes, siete Oficiales Subalternos y siete Suboficiales, en carácter
de observadores embarcados; y un pelotón de cuarenta y dos Fusileros
Navales para acantonamiento en bases navales, formado por un Oficial
Subalterno, dos Suboficiales, doce Cabos y veintisiete Marineros, a fin de
integrarse como unidad de apoyo a la Autoridad Provisional de las Naciones
Unidas en Camboya (UNTAC).
Referencias al artículo

Artículo 2

    La presente ley entrará en vigencia a partir de su promulgación por el
Poder Ejecutivo.

LACALLE HERRERA - IGNACIO RISSO - JUAN ANDRES RAMIREZ - EDUARDO MEZZERA
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