ENAJENACION DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES QUE HAYAN INGRESADO AL BROU




Promulgación: 07/01/1992
Publicación: 05/02/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 39

Artículo 3

  No será aplicable, a los efectos de lo establecido en los artículos
precedentes, lo dispuesto por los decretos leyes 14.982, de 24 de
diciembre de 1979 y 15.625, de 19 de setiembre de 1984, y por la ley
15.786, de 4 de diciembre de 1985, excepto su artículo 35.
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