SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 03 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 96
El Poder Ejecutivo podrá disponer, por decreto fundado en acuerdo con
el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Defensa Nacional,
las modificaciones necesarias para racionalizar las estructuras de cargos
del escalafón A, Técnico Profesional en las series de Contador, Arquitecto
y Médico Veterinario de las unidades ejecutoras, de acuerdo a las normas
establecidas en el mismo.