RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1990




Promulgación: 29/10/1991
Publicación: 06/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 544
Referencias a toda la norma

SECCION VI
INCISO 24 - DIVERSOS CREDITOS

Artículo 441

    Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a disponer de las
partidas que se detallan a continuación, como contribución al Convenio de
Cooperación Técnica no Reembolsable para Fortalecimiento Institucional
de la Comisión para el Desarrollo de la Inversión y Promoción de la
Inversión Privada, celebrado entre el Gobierno de la República Oriental
del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID):

1) Año 1992, N$ 135.490.000, (nuevos pesos ciento treinta y cinco millones
cuatrocientos noventa mil), equivalente a U$S 85.000 (dólares de los
Estados Unidos de América ochenta y cinco mil);
2) Año 1993, N$ 135.490.000, (nuevos pesos ciento treinta y cinco millones
cuatrocientos noventa mil), equivalente a U$S 85.000 (dólares de los
Estados Unidos de América ochenta y cinco mil);
3) Año 1994, N$ 31.880.000, (nuevos pesos treinta y un millones
ochocientos ochenta mil), equivalente a U$S 20.000 (dólares de los Estados
Unidos de América veinte mil).

    La Ejecución del referido convenio de cooperación estará a cargo de la
Comisión para el Desarrollo de la Inversión.
Ayuda