SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 02 - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 34
Créase en el programa 002, "Planificación del Desarrollo y
Asesoramiento Presupuestal del Sector Público" de la Presidencia de la
República, la unidad ejecutora "Proyecto de Infraestructura Social", cuyo
cometido será el ejecutar dicho proyecto y efectuar la coordinación
superior de las acciones tendientes a fortalecer la inversión social en
las áreas más carenciadas, de conformidad con el convenio a suscribirse
con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Los proyectos, obras y servicios serán identificados en base a un
estudio objetivo de necesidades insatisfechas que surjan del Censo de 1985
y serán distribuidos proporcionalmente en el territorio nacional.