SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
Artículo 272
El aporte patronal correspondiente al incentivo al rendimiento que
perciben los funcionarios de la unidad ejecutora 002, "Dirección Nacional
de Impresiones y Publicaciones Oficiales", según lo dispuesto por el
literal B) del artículo 393, de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, no se imputará al porcentaje previsto en la referida norma.