RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1990




Promulgación: 29/10/1991
Publicación: 06/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 544
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 11 - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 245

   Exonérase del pago del Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales
establecido en el artículo 2° de la Ley Nº 16.107, de 31 de  marzo de 1990, a las transferencias de dominio sobre bienes inmuebles con destino 
a casa habitación, cuando el enajenante sea el Gobierno Departamental de 
Montevideo y la misma se realice en mérito a los Decretos de la Junta 
Departamental de Montevideo Nos. 15.432, 15.482, 15.553, 15.740, 15.801 y 
16.791.
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