SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 10 - MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Artículo 225
Increméntase en N$ 100.000.000, (nuevos pesos cien millones), la
partida anual dispuesta en el artículo 361 de la Ley Nº 15.809, de 8 de
abril de 1986, destinada a financiar convenios con la Universidad de la
República y con el Consejo de Educación Técnico - Profesional de la
Administración Nacional de Educación Pública.