SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Artículo 132
Increméntase en N$ 20.000.000.00, (nuevos pesos veinte millones), la
partida creada por el artículo 184 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre
de 1990, para el programa 007, "Recaudación de Renta Aduanera y Contralor
del Tránsito Aduanero de Bienes", para atender las retribuciones que se
otorguen por las pasantías que cumplan los alumnos del Consejo de
Educación Técnico - Profesional, de acuerdo con los términos del Convenio
que deberá suscribir, a tales efectos, la Dirección Nacional de Aduanas
con dicho Consejo.