RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1990




Promulgación: 29/10/1991
Publicación: 06/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 544
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 116

   El producido de los ingresos a que refiere el artículo 35 de la Ley N° 
15.767, de 13 de setiembre de 1985, derivados de las suscripción de los
contratos de arrendamiento previstos en el artículo 112 de la presente
ley, se distribuirá por partes iguales entre cada Intendencia Municipal
interviniente y la Contaduría General de la Nación. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 119.
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