RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1990




Promulgación: 29/10/1991
Publicación: 06/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 544
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 04 - MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 103

   Autorízase al Ministerio del Interior a destinar el producido de la
enajenación del Inmueble padrón Nº 32.205, sito en la 15a. Sección Judicial de Montevideo, para realizar inversiones en establecimientos de detención, Comisarías del interior de la República y de la capital, edificios policiales, medios de comunicación o informática, renovación del parque automotor, armamento y elementos de policía técnica.

  La utilización de estos fondos se regirá de acuerdo con las normas que
regulan los fondos extrapresupuestales.

  Esta disposición tendrá vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.
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